miércoles, 23 de noviembre de 2016

EL SECTOR PÚBLICO DOMINICANO

2.1 Concepto, Importancia y Estructura

El sector público es el conjunto de organismos administrativos mediante los cuales el estado hace cumplir la política o voluntad expresada en las leyes del país.

Estructura y los componentes del sector público.

La estructura  del sector público en la República Dominicana está integrada por dos grandes sectores:

A)  Organismos del gobierno    central
B)   Organismo descentralizado y autónomo

2.2 El gobierno central. Características y funciones

Los organismos del gobierno central se clasifica en:

Poder Ejecutivo
Poder legislativo
Poder Judicial
 Organismos especiales; a) Junta centra electoral y b) Cámara de cuentas.

Poder Ejecutivo.- Se ejerce por el Presidente de la República, el cual es elegido cada cuatro años, cumpliendo con las funciones de jefe de la administración pública, junto a este es elegido un vicepresidente de la República el cual en caso de ausencia temporal o definitiva del Presidente de la República ejercerá las funciones de Presidente.

De acuerdo con la constitución política, el gobierno de la República Dominicana es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo.


Poder legislativo.- Se ejerce por un Congreso de la República, compuesto de un Senado y una Cámara de Diputados, los cuales son electos cada cuatro años mediante el voto directo de todos los dominicanos hábiles para ejercer el sufragio.

El Poder Judicial.- Es el responsable de administrar la justicia y garantizar la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos y ciudadanas. Este Poder es independiente y se ejerce a través de la Suprema Corte de Justicia y las instancias previstas en las diferentes leyes que las norman.

La Junta Central Electoral.-Es responsables de organizar los procesos electorales cada cuatro (4) años y desarrollar todas las actividades y acciones que garanticen su pulcritud y su pureza según establecen la ley Electoral vigente  y la Constitución de la República.

La Cámara de Cuenta.- Es un organismos ce Con carácter principalmente técnico, que debe estar integrado por seis (6) miembros por los menos. 

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